Ley de Disciplina Financiera
Título Cuarto de la Información y Rendición de Cuentas.
Capítulo Único
Artículo 58º
Los Entes Públicos se sujetarán a la Ley General de Contabilidad Gubernamental para presentar la información financiera en los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública.
Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de información establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, relativas a las Transferencias federales etiquetadas.
- Los Entes Públicos se sujetarán a la Ley General de Contabilidad Gubernamental para presentar la información financiera en los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública.
- Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones de información establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, relativas a las Transferencias federales etiquetadas.
- Clasificación de Servicios Personales por Categoría
- Estado de Situación Financiera Detallado
- Informe Analítico de la Deuda Pública y Otros Pasivos
- Informe Analítico de Obligaciones Diferentes de Financiamientos
- Balance Presupuestario
- Estado Analítico de Ingresos Detallado
- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado
- Clasificación por Objeto del Gasto (Capítulo y Concepto)
- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado
- Clasificación Administrativa
- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado
- Clasificación Funcional (Finalidad y Función)
- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado
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Periodo 2022
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Periodo 2023
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Periodo 2024