Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 51º
La información financiera que generen los entes públicos en cumplimiento de esta Ley será organizada, sistematizada y difundida por cada uno de éstos, al menos, trimestralmente en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita el consejo. La difusión de la información vía internet no exime los informes que deben presentarse ante el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, según sea el caso.
Información Contable, Presupuestaria y Programática.
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Periodo 2023
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Periodo 2024
Información Contable
- Estado de Actividades
- Estado de Situación Financiera
- Estado de Variación de la Hacienda Pública
- Estado de Cambios en la Situación Financiera
- Estado de Flujos de Efectivo
- Informes sobre Pasivos Contingentes
- Notas a los Estados Financieros
- Estado Analítico del Activo
- Estado Analítico de la Deuda y otros Pasivos
Información Presupuestaria
- Estado Analítico de Ingresos
- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos - Clasificación Administrativa
- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos - Clasificación Económica
- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de egresos - por Objeto del Gasto
- Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos - Funcional
- Estado de Endeudamiento Neto
- Estado de Intereses de la Deuda
Información Programática
- Gasto por Categoría Programática